El Colegio Oficial de Enfermería de Almería constituye su Comisión Ética y Deontológica

Los miembros de este nuevo órgano colegial tomaron posesión de su cargo el pasado miércoles, 20 de octubre, en el Salón de Actos del Colegio

El Colegio Oficial de Enfermería de Almería ha constituido su Comisión Ética y Deontológica con la finalidad de tener un órgano colegial que instruya los procedimientos iniciados a colegiados por posibles incumplimientos de las normas deontológicas que rigen la profesión enfermera.

El Colegio Oficial de Enfermería de Almería ya tiene formada su Comisión Ética y Deontológica. Así lo ratificó el Pleno de la Junta de Gobierno y se certificó ayer, miércoles 20 de octubre, con la toma de posesión de sus miembros en acto solemne que se desarrolló en el Salón de Actos de la sede colegial y estuvo dirigido por la presidenta del Colegio, María del Mar García.

La Comisión Deontológica es el órgano colegial que tiene atribuida la función de instruir los procedimientos iniciados a colegiados por posibles incumplimientos de las normas deontológicas que rigen la profesión enfermera.

Contaran con el apoyo de la asesoría jurídica del Colegio de Enfermería de Almería. “Quiero agradecer a todas las personas que han querido formar parte y ser miembros de esta Comisión”, apuntó la presidenta, María del Mar García.

La Comisión Deontológica del Colegio de Enfermería de Almería, está integrada por cinco miembros:

  • Nicolás Galdeano Rodríguez, en calidad de Presidente.
  • Dña. María Carmen Cano García, en calidad de Secretaria.
  • Gabriel Aguilera Manrique, en calidad de Vocal.
  • Francisco José Fernández Beltrán, en calidad de Vocal.
  • Dña. María Dolores Muñoz Peralta, en calidad de Vocal.

Los nombramientos tendrán una duración de cinco años. La Comisión estará válidamente constituida cuando asista el Presidente y el Secretario de la misma y al menos la mitad de sus miembros, y los actos y decisiones se tomarán por mayoría de los asistentes, teniendo voto de calidad en caso de empate el del Presidente.

El Pleno de la Junta de Gobierno podrá cesar a los miembros de la Comisión, cuando concurra alguna de las siguientes causas:

  1. a) Haber sido sancionado mediante resolución firme por falta grave o muy grave.
  2. b) Haber sido condenado mediante sentencia firme en procedimiento judicial por responsabilidad profesional.
  3. c) Más de tres faltas de asistencia injustificadas.
Funciones de la Comisión Ética y Deontológica
  1. Asesorar a la Junta De Gobierno en todas las cuestiones y asuntos que le solicite relacionados con materia de ética y deontología profesional, valorando la existencia o no de transgresiones a las normas que regulan dichas materias y dictaminando potestativamente antes de que la Junta de Gobierno adopte una decisión al respecto.
  2. Informar en los procedimientos sancionadores por infracción de las normas de ética y deontología profesional.
  3. Asesorar al Pleno de la Junta de Gobierno sobre materia de publicidad y, en general, sobre los casos de competencia desleal.
  4. Promover acciones encaminadas a la mejora en el ejercicio de la profesión en materias de ética y deontología.