La RAE cambia la definición de ‘doula’ tras la presión de la Enfermería

Tras la polémica en redes sociales y la presión del Consejo General de Enfermería que remitió una carta a la Real Academia Española criticando la definición y sinónimos de la palabra “doula”, la RAE ha cambiado esta definición, especificando que es una “persona, generalmente mujer, que presta orientación y apoyo físico y emocional a otra persona en algunos momentos de su vida, especialmente a una mujer durante el embarazo, el parto y el posparto. En algunos países de América es una profesión reglada”. También ha modificado sus sinónimos, que se reducen a “partero” o “comadre”. Así, la RAE cambia la definición de “doula” tras la presión del CGE .

El pasado 28 de noviembre la Real Academia Española (RAE) presentaba la actualización 23.7 del Diccionario de la lengua española (DLE). Entre los vocablos incluidos en el diccionario figura la definición de doula como sinónimo o afín de matrona. Ante esta situación, el Consejo General de Enfermería remitía una carta a Santiago Muñoz Machado, director de la RAE, solicitando la eliminación de “cualquier referencia a la asistencia y orientación a la mujer durante el embarazo, el parto y el posparto, así como los sinónimos de partera, matrona, madrona o comadrona”. Apenas unas horas después, la edición online de la RAE, cambiaba la definición.

En un principio la RAE establecía que una doula es una “persona, generalmente mujer, capacitada para prestar asistencia, orientación y apoyo emocional a una mujer durante el embarazo, el parto y el posparto” y como sinónimos o afines indica: comadrón, matrón, matrono, partero, comadre.

Como explicaba Florentino Pérez Raya, presidente de las 330.000 enfermeras españolas, “esta definición y sus sinónimos no pueden estar más alejados de realidad pues desconocen un elemento esencial: las doulas carecen de formación reglada, ni acreditada y no tienen adquiridas las competencias necesarias para ejercer como profesionales sanitarios. Por ello, no están capacitadas para prestar ningún tipo de asistencia ni orientación a una mujer durante el embarazo, parto y postparto. Del mismo modo, tampoco pueden equipararse ni considerarse afines a las matronas”.

Así, en la misiva enviada a la RAE recordaban que una matrona es una enfermera especialista en obstetricia y ginecología cuyas competencias y ámbito de actuación están regulados por directivas europeas, que exigen 6 años de formación. De hecho, el presidente de las enfermeras españolas advertía de que “la profesión de doula no existe en nuestro país. Una doula no tiene formación sanitaria oficial ni en psicología, ni en obstetricia, ni en nutrición, ni en farmacología, ni en tantas otras materias y, a pesar de ello, pretende arrogarse funciones de profesionales sanitarias con una formación académica teórico-práctica de seis años, como tienen las matronas”.

De hecho, como añadía Montse Angulo, vocal matrona del CGE, “la intervención en el embarazo, parto o posparto de personas sin formación cualificada representa un peligro para la madre o el recién nacido”.

Al margen de toda normativa

En los últimos años se están produciendo por parte de esta figura de las “doulas” una intromisión en ese ámbito competencial, hasta el punto de estar asistiendo a las mujeres al margen de toda la normativa vigente. Por ello, “la definición que ahora contempla el Diccionario de la Lengua Española, además de no ser conforme a la realidad normativa, puede contribuir a generar confusión e inseguridad en la población y en la sociedad, tratando de asimilar a las “doulas” con un personal titulado, preparado, competente y cualificado para llevar a cabo las funciones que tienen reconocidas para atender a la mujer gestante, como son las matronas”, incidía Pérez Raya.

Por todo ello, el CGE ha pedido a la RAE que elimine de la definición de doula “cualquier referencia a la asistencia y orientación a la mujer durante el embarazo, el parto y el posparto, así como los sinónimos de “partera, matrona, madrona o comadrona”.

Tras la polémica en redes sociales y la presión del Consejo General de Enfermería, la RAE, en su edición online cambiada la definición, especificando que doula es una “persona, generalmente mujer, que presta orientación y apoyo físico y emocional a otra persona en algunos momentos de su vida, especialmente a una mujer durante el embarazo, el parto y el posparto. En algunos países de América es una profesión reglada”. Además, los sinónimos se reducen a “partero” o “comadre”.

Para el presidente del CGE, “aunque estamos satisfechos con el cambio y con la celeridad en la modificación, todavía no es suficiente, pues la acepción de matrona sigue incluyendo como sinónimo o afín la palabra doula y como ya hemos reiterado no es algo que se corresponda con la realidad”, subrayaba Pérez Raya. Por ello, han anunciado que seguirán trabajando para que la RAE también modifique los sinónimos de “matrona”.